a l v a r e z  a b o g a d a
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Derecho de familia

El derecho de familia regula las relaciones que tienen lugar en el seno de la familia, ya sea como consecuencia de un acto jurídico como lo es el matrimonio o la adopción, o por un acto no jurídico pero con trascendencia jurídica como lo es el nacimiento, el fallecimiento o una unión estable de pareja.

 

Algunos de los servicios que presto son:

  • Divorcios y separaciones
  • Uniones de hecho
  • Medidas Provisionales
  • Liquidación del régimen económico matrimonial
  • Ejecución de Resoluciones Judiciales
  • Impago de pensiones
  • Modificación de Medidas
  • Sucesiones y donaciones
  • Tramitación de herencias
  • Filiación, paternidad y maternidad
  • Reclamación de alimentos entre parientes
  • Declaraciones de incapacidad 

 

Por una ruptura conyugal civilizada

Cuando se produce la ruptura de una pareja, son múltiples los factores y elementos con los que tienen que lidiar los cónyuges para conseguir unas buenas relaciones futuras, y en este proceso la labor del Abogado será primordial. 

 

Los principios en los que baso mi actuación:  

  • Lograr un acuerdo realista y justo entre las partes que pueda cumplirse, y que evite futuros problemas.
  • Influir positivamente en el cliente cuando sus peticiones sean manifiestamente abusivas o claramente perjudiciales para los intereses de los menores, o de los suyos propios.  
  • Acudir a la vía judicial cuando no sea posible resolver el problema de forma amistosa, informando con detalle al cliente de las posibilidades de éxito de su petición.
  • Acceder a aquellas peticiones del cliente, que no por novedosas y de difícil consecución por la vía judicial, no dejan de ser plenamente legítimas.
  • Continuar en contacto con el cliente una vez finalizado el procedimiento, resolviendo las dudas que le puedan surgir en evitación de conflictos innecesarios.
  • Enfocar siempre el encargo encomendado por el cliente con ánimo conciliatorio, tanto en las negociaciones iniciales con la otra parte, como en el cumplimiento de los acuerdos adoptados, evitando litigiosidades perjudiciales para las relaciones de los cónyuges, y sobre todo, para los menores.

 

Peculiaridad del Derecho de Familia

El rasgo principal del derecho de familia es la ausencia de una total disponibilidad por las partes para regular las relaciones familiares, pues existen unos principios y valores aceptados por la sociedad que rigen nuestro ordenamiento, y que limitan la autonomía de la voluntad en defensa de tales principios. Así por ejemplo, en las relaciones de los padres con sus hijos existen unos derechos y obligaciones básicos que son irrenunciables. 

 

Importancia en la sociedad actual

El derecho de familia es subestimado por algunos juristas, pero constituye una de las ramas del derecho que regula cuestiones esenciales para la persona con gran trascendencia para su vida, cuestiones que de no tratarse con la ética, la sensibilidad y el conocimiento técnico preciso, pueden dar lugar a resoluciones injustas y a situaciones anómalas de muy difícil arreglo después.

     Los litigios de derecho de familia, en especial aquellos derivados de la ruptura de la convivencia conyugal cuando hay hijos menores, son litigios donde lo que está en juego es sumamente importante. Personalmente siempre lo he considerado así, y así continúo ejerciendo esta rama del derecho. La última palabra siempre la tendrá el Juez o la Jueza, pero la voluntad siempre la tienen los cónyuges. Fomentar la mejor solución en este tipo de conflictos será labor del Abogado.

 

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Abogada Colegiada 4168 del Ilustre Colegio de Abogados de Alicante